Les contamos el caso del país incaico que puede sentar un precedente en la región.
Sí, muy descabellado no? Pero al menos en Perú, esto puede suceder ya que el Código Civil establece que una renuncia puede realizarse por escrito e incluyendo medios electrónicos, por ejemplo vía WhatsApp, sin embargo para que sea efectivo, se deben cumplir ciertas exigencias.
Esto, conforme a una reciente publicado por el diario Gestión de aquel país, que explica el punto en base al Artículo 1374º del Código Civil de ese país, que señala que si la renuncia se realiza a través de medios electrónicos, ópticos u otros como análogos, que incluye correos electrónicos o mensajes de WhatsApp por ejemplo, se hará efectiva solo si el empleado recibe el acuse de recibo por parte del jefe.
Para ponerlo en contexto, también aclara que la situación no cobrará efectividad de renuncia en caso de que solo se cuente con el check azul, porque no es considerado una respuesta de conformidad al aviso, por lo tanto la renuncia no procede.
Sí se podrá procesar el aviso de renuncia si el jefe responde validando su pedido, por ejemplo: “Sr. Tello, acuso recibo de tu comunicación”, entonces la renuncia si se hará efectiva, menciona.
Al efecto, la nota señala igualmente que el Decreto supremo 003-97-TR, de Ley de Productividad y Competitividad laboral de dicho país, establece que en caso de renuncia o retiro voluntario, el trabajador debe dar aviso por escrito con 30 días de anticipación.
No obstante, la renuncia se debe hacer efectiva en mutuo acuerdo, tanto del empleado y del empleador, por la tanto, el retiro voluntario o renuncia por medio de WhatsApp sí se puede realizar, debido a que es un medio por escrito el que avisará a su empleador de la decisión, pero se reitera que si el pedido procede o no depende de la respuesta del jefe.
Me interesa este propuesta .
[…] si bien hay algunos intentos de, por ejemplo, difundir búsquedas a través de WhatsApp, utilizar contratos digitalizados, o crear aplicaciones que repliquen la experiencia de la […]